
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) informó que culminó el envío de 5,068 cartas inductivas a empresas con 20 o más trabajadores a través de su casilla electrónica. Si tu empresa se encuentra dentro de este grupo, es fundamental verificar la recepción de esta comunicación, revisar la fecha exacta de notificación y organizar la documentación solicitada a la brevedad.
Esta campaña preventiva está orientada a verificar las medidas internas implementadas para prevenir y sancionar el hostigamiento sexual laboral; asimismo, busca comprobar la capacitación brindada a los trabajadores que ingresaron a la empresa desde enero de 2026.
¿Qué solicita la carta inductiva de SUNAFIL?
La información requerida por la autoridad laboral se concentra específicamente en acreditar el cumplimiento de dos obligaciones principales:
1. Documento interno sobre hostigamiento sexual laboral
La empresa debe presentar su política, directiva, reglamento interno u otro documento similar que regule la prevención y sanción del hostigamiento sexual en el trabajo. Este documento tiene que establecer claramente los canales para presentar quejas o denuncias, el procedimiento de investigación, las sanciones aplicables y los plazos correspondientes. No basta con entregar un formato genérico, pues su contenido debe responder a lo solicitado y encontrarse vigente.
2. Constancias de capacitación de los trabajadores
SUNAFIL también exige la documentación que acredite la capacitación sobre prevención del hostigamiento sexual brindada al inicio de la relación laboral. Para cumplir con ello, la empresa debe revisar los ingresos de personal producidos desde enero de 2026 y reunir las constancias, registros de asistencia u otros soportes que demuestren que dicha capacitación se realizó de manera efectiva.
¿Cuánto tiempo tiene la empresa para responder?
Las empresas notificadas disponen de 15 días hábiles para enviar la información solicitada, computados a partir del día siguiente de la recepción de la carta en la casilla electrónica.
Es importante precisar que el plazo no se calcula desde la publicación de la noticia ni desde el momento en que la empresa revisa de forma voluntaria su buzón; se determina estrictamente desde la fecha de recepción de la notificación, por lo que el vencimiento puede variar para cada empleador.
¿La carta inductiva de SUNAFIL constituye una multa?
No, la carta inductiva no es una multa ni una medida sancionadora, ya que forma parte de una acción preventiva para promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones laborales.
Sin embargo, recibirla no debe tomarse como un trámite menor; la SUNAFIL ha precisado que no capacitar a los trabajadores en materia de hostigamiento sexual al inicio del vínculo laboral constituye una infracción grave, lo que sí podría derivar en una sanción económica posterior si no se subsana el requerimiento.
¿Qué acciones debe tomar tu empresa si recibió la carta?
El proceso debe iniciar con el ingreso a la casilla electrónica de SUNAFIL para confirmar la fecha de recepción, el plazo límite y el detalle del requerimiento. Posteriormente, se recomienda seguir estas acciones:
- Verificar el documento interno: Confirmar que se cuente con una política o reglamento vigente que regule la prevención y sanción del hostigamiento sexual.
- Validar el contenido: Asegurar que el documento detalle los canales de denuncia, el procedimiento de investigación, las sanciones y los plazos aplicables.
- Identificar nuevos ingresos: Elaborar la lista de los trabajadores que se incorporaron a la empresa a partir de enero de 2026.
- Reunir las acreditaciones: Organizar las constancias, exámenes o registros de asistencia que demuestren la capacitación de este grupo de trabajadores al inicio de su relación laboral.
- Presentar la información: Revisar que el expediente esté completo y remitirlo dentro del plazo establecido a través de la vía señalada en la notificación.
¿Qué ocurre si la documentación está incompleta?
Se deben identificar y subsanar las omisiones antes de responder a la autoridad, dado que acumular archivos desorganizados no garantiza la atención correcta del requerimiento. Si se detectan deficiencias en las constancias o en el documento interno, corresponde corregirlas antes del vencimiento del plazo, evitando la presentación de información improvisada o que no refleje un cumplimiento real.
Conclusión: Actúa a tiempo y revisa tu casilla electrónica
Las empresas con 20 o más trabajadores deben revisar preventivamente su casilla electrónica de SUNAFIL para comprobar si han sido notificadas. Responder adecuadamente y dentro del plazo de 15 días hábiles evita que una acción inductiva y preventiva se convierta en un procedimiento sancionador.
Si tu empresa recibió esta comunicación y requieres revisar tu política interna, validar tus constancias de capacitación o estructurar la respuesta técnica para SUNAFIL, en Jader Asesores te ayudamos a organizar la documentación y asegurar el cumplimiento normativo dentro del plazo legal.