
Una multa por Beneficiario Final puede representar un costo importante para las empresas que no presentan su declaración dentro del plazo establecido por SUNAT.
La Resolución del Tribunal Fiscal N.º 07109-8-2026 analizó el caso de una empresa que regularizó esta obligación fuera del plazo concedido por SUNAT y perdió el derecho a la rebaja solicitada.
¿Qué ocurrió con la declaración del Beneficiario Final?
El Tribunal Fiscal evaluó a una empresa cuyos ingresos netos de 2021 superaban las 1,000 UIT, por lo que estaba obligada a presentar la Declaración Jurada Informativa del Beneficiario Final correspondiente a mayo de 2022.
El plazo venció el 16 de junio de 2022, pero la empresa no presentó la declaración.
Posteriormente, SUNAT le notificó una esquela el 25 de junio de 2025 y le otorgó siete días hábiles para regularizar la omisión. Sin embargo, la declaración fue presentada recién el 5 de septiembre de 2025.
Mediante la RTF N.º 07109-8-2026, el Tribunal Fiscal confirmó la sanción y determinó que no correspondía aplicar la rebaja solicitada.
¿Por qué se perdió la rebaja de la multa por Beneficiario Final?
El Tribunal confirmó que la empresa incurrió en la infracción del numeral 2 del artículo 176 del Código Tributario, referida a no presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos.
Para esta infracción, el régimen de gradualidad contemplaba las siguientes reducciones:
- Subsanación voluntaria: rebaja del 100 % si se regularizaba antes de que surtiera efecto la notificación de SUNAT sobre la infracción.
- Subsanación inducida: rebaja del 80 % sin pago o del 90 % con pago, siempre que se subsanara dentro del plazo otorgado y se cumplieran las condiciones aplicables.
La empresa argumentó que podía acogerse a un plazo adicional de siete días hábiles después de la notificación de la resolución de ejecución coactiva.
Sin embargo, el Tribunal precisó que esa regla correspondía al numeral 1 del artículo 176, no al numeral 2 aplicado en este caso.
Por ello, presentar la declaración fuera del plazo otorgado en la esquela impidió acceder a la rebaja solicitada.
¿Cuánto puede costar una multa por Beneficiario Final?
La infracción por no presentar esta declaración dentro del plazo establecido puede generar una multa equivalente al 0.6 % de los ingresos netos, con un mínimo de 5 UIT y un máximo de 50 UIT, conforme a las reglas aplicables.
En el caso analizado, SUNAT impuso una multa de S/ 53,684 más intereses moratorios. Aunque la empresa había realizado un pago parcial, ello no le permitió recuperar el beneficio de gradualidad.
La orientación oficial de SUNAT sobre sanciones del Beneficiario Final explica las consecuencias de incumplir esta obligación.
Cabe precisar que cada infracción tiene condiciones específicas para acceder a una reducción. En nuestro artículo sobre rebajas de multas SUNAT explicamos por qué estos beneficios no se aplican automáticamente.
¿Cómo evitar perder la rebaja de una multa?
Si tu empresa mantiene pendiente la declaración del Beneficiario Final, es importante verificar el vencimiento aplicable, revisar las notificaciones del Buzón SOL e identificar correctamente la infracción y sus condiciones de gradualidad.
Asimismo, debes regularizar dentro del plazo correspondiente y conservar las constancias de presentación y pago.
Para conocer mejor esta obligación, puedes consultar nuestra guía sobre la declaración del Beneficiario Final ante SUNAT.
Conclusión
La multa por Beneficiario Final analizada en la RTF N.º 07109-8-2026 demuestra que presentar una declaración pendiente no garantiza acceder a una rebaja.
Cumplir el plazo y las condiciones de gradualidad de cada infracción es fundamental para evitar sanciones que pudieron reducirse.
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